El almanaque nos muestra que el el próximo 1 de Mayo, Día del Trabajador, será un día jueves, a partir de allí crece la duda entre trabajadores y empleadores sobre qué ocurrirá el viernes 2 de mayo. ¿Será feriado nacional o simplemente un día no laborable?

La respuesta está dada por lo que rige en la normativa vigente, que busca fomentar el turismo interno a través de los llamados «puentes turísticos», por lo tanto el 2 de mayo de 2025 no será feriado, sino un día no laborable con fines turísticos. Esto implica que, a diferencia de un feriado común, donde el descanso es obligatorio, en esta fecha será decisión de cada empleador otorgar o no el día libre a sus trabajadores.

Es válido recordar que un feriado es de cumplimiento obligatorio. Todas las empresas deben otorgar descanso a su personal y, si algún trabajador cumple funciones ese día, se le debe pagar el doble, según lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.

Por otro lado, el día no laborable por puente turístico es optativo. El empleador puede decidir si concede o no el día libre y, en caso de que se trabaje, se paga el salario habitual, sin ningún recargo.

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