A partir de la evaluación realizada por integrantes de Contingencias Climáticas (DCC) para asistir a productores agrícolas que resultaron afectados por el granizo a finales de febrero, se evalúa que los productores puedan recibir los beneficios que contempla la Ley de Emergencia Agropecuaria, en caso de que las contingencias provoquen pérdidas mayores al 50% en la producción.
Es válido recordar que la Ley 9083 declara en Estado de Emergencia Agropecuaria a las propiedades ubicadas en distritos que haya un daño entre el 50% y el 79% y el Estado de Desastre Agropecuario a las propiedades ubicadas en distritos que hayan sufrido un daño de 80%.
Dependiendo del nivel de daños, se activa para los productores de estas zonas una serie de beneficios para contrarrestar el impacto negativo generado en las economías familiares de los productores damnificados.