Según la información proporcionada por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), hasta el 30 de abril ya han sido suspendidas 2.004 pensiones no contributivas por invalidez, mientras que quedan otras 1.485 con evaluación desfavorable tras la auditoría del año pasado.
Para dar de baja una pensión por invalidez, el principal argumento es no “encontrarse incapacitado en forma total y permanente”. Según la norma que se está aplicando “se presume que la incapacidad es total cuando la invalidez produzca una disminución del 66 % o más en la capacidad laborativa”.
El procedimiento de auditoría incluye:
- Revisión documental y clínica de cada caso.
- Evaluación médica por profesionales del PAMI.
- Validación final por el equipo médico de ANDIS.
- Cruces de datos con otras bases oficiales para detectar incompatibilidades (empleo registrado, ingresos no declarados, etcétera).
Qué puedo hacer si me dan de baja la pensión no contributiva: acción de amparo
Desde ACIJ informan que, si una persona presentó un reclamo ante la Agencia Nacional de Discapacidad y esta no respondió o se negó expresamente a restituir la pensión por no cumplir con algún requisito considerado “inconstitucional”, se puede interponer una acción de amparo.
Esos requisitos a los que hace referencia a la asociación serían el no cumplir con el 66% de invalidez laborativa, tener un empleo, contar con familiares legalmente obligados a prestar alimentos o por poseer bienes que, según la ANDIS, garantizan la subsistencia del sujeto.
En la web Discapacidad y derechos, brindan modelos de acción de amparo según el requisito por el que se dio de baja la pensión no contributiva en cuestión.