La historia tuvo su origen en la denuncia presentada por una mujer ya que, su boleta de Edemsa pasó de $19.854 en el primer bimestre del año a $62.416 en el periodo siguiente. En su demanda planteó que se trató de una suba “exorbitante” de 214,37%, “muy por encima del incremento del índice de la inflación y más de diez veces superior al incremento de los salarios y las jubilaciones”.
El 3 de abril venció la factura y 20 días después Edemsa la intimó a pagar, bajo apercibimiento de cortar el suministro. Ante la imposibilidad de hacerle frente al primer vencimiento de la boleta, solicitó a la distribuidora no llegar a esa instancia: “Vivo con mi esposo que sufre una discapacidad y carece de ingresos”, argumentó.
En su presentación judicial, la demandante expresó su carácter de consumidora vulnerable, destacó que en su caso particular el aumento final de la boleta fue de 214,37% cuando el incremento de su consumo no llegó a 23%.
El Tribunal interpretó que el argumento presentado por la usuaria es adecuado y proporcional, por lo que ordenó a Edemsa “que se abstenga de efectuar cortes y/o suspensiones en el suministro de energía eléctrica por falta de pago”. También le requirió a la empresa información sobre el estado del servicio y que aclare si la demandante realizó algún reclamo formal por escrito, “debiendo acompañar en su caso, el mismo y la decisión adoptada”.
Fuente: El Sol