Mediante una publicación en el sitio oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), quedó establecido que en cuentas de Mercado Pago y otras billeteras virtuales se podrá tener hasta 50 millones de pesos sin que las plataformas estén obligadas a reportar esa información al organismo.
El tope se aplica a personas humanas, mientras que para personas jurídicas el límite es de 30 millones de pesos. Las empresas del sector deberán reportar ingresos, egresos y saldos mensuales solo si superan esos montos al cierre del último día hábil del mes informado.
Además, el organismo aclaró que se deben considerar tanto saldos positivos como negativos, y que si los montos están expresados en moneda extranjera, se deberán convertir a pesos según la cotización tipo comprador del Banco Nación.
Esta normativa regula los servicios de administración, inversión, financiamiento e intermediación de cuentas digitales.