Con la publicación del Boletin Oficial, el Gobierno nacional ha dispuesto la ampliación del listado de actividades exceptuadas a la cuarentena. Fue a través de la Decisión Administrativa 450/2020, publicada em la mañana de hoy.

Con un claro objetivo de mitigar el impacto económico de la cuarentena, el Poder ejecutivo colocó a las siguientes actividades dentro del listado de comercios y servicios declarados esenciales en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio prorrogado hasta el próximo 12 de abril inclusive:

  • venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones
  • actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera
  • curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola
  • actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía
  • exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear
  • servicios esenciales de mantenimiento y fumigación
  • mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos
  • inscripción, identificación y documentación de personas

La publicación  especifica que, en todos estos casos, «los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores».

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