El Gobierno de Mendoza publicó la resolución que establece las condiciones para la práctica de la pesca deportiva durante la temporada 2026/2027. La normativa determina cuándo estará habilitada la actividad para cada especie, cuántos ejemplares podrá capturar cada pescador, qué modalidades estarán permitidas y cuáles serán los ambientes vedados en la provincia.

Entre sus principales objetivos se encuentra ordenar la actividad y promover el aprovechamiento responsable de los recursos ictícolas, sin descuidar la conservación de los ecosistemas acuáticos.

.En lo relacionado a las truchas marrón, arcoíris y fontinalis, la temporada comenzará el 1 de noviembre de 2026 y se extenderá hasta el 1 de mayo de 2027. Sin embargo, en los embalses Agua del Toro, Los Reyunos, Valle Grande y El Nihuil, la apertura será el 1 de diciembre de 2026, con el mismo cierre previsto para mayo.

En el caso del pejerrey patagónico y bonaerense, la actividad estará permitida desde el 1 de diciembre de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2027, con disposiciones particulares para determinados embalses durante fines de semana y feriados. Para las percas o truchas criollas regirá el mismo período, aunque su captura estará prohibida en el embalse El Carrizal.

Por su parte, la pesca de carpas, dientudos y mojarras estará habilitada durante todo el año, siempre que se respeten las modalidades y cantidades establecidas para cada ambiente.

Los cupos de captura también varían según la especie y el lugar. Para los salmónidos se permitirán hasta dos ejemplares por pescador y por salida en determinados ambientes de Malargüe; cuatro en sectores habilitados de San Rafael, con excepciones específicas; y cinco en el resto de los ambientes provinciales, también con restricciones particulares.

En cuanto al pejerrey, los límites generales serán de hasta 25 ejemplares en el embalse El Nihuil, 30 en Agua del Toro, Los Reyunos y Valle Grande, y 40 en El Carrizal, bajo las condiciones previstas por la resolución. Este último embalse tendrá además restricciones específicas durante los períodos de veda.

Es válido recordar que será obligatorio contar con el carnet de pesca vigente y respetar los elementos autorizados para cada especie. En el caso de los salmónidos, se establece el uso exclusivo de señuelos artificiales, aunque en determinados sectores solo estará permitida la pesca con mosca. Para el pejerrey se autoriza la utilización de carnada natural muerta, con un máximo de dos anzuelos por línea.

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