Este lunes, la magistrada mendocina Fabiana Martinelli, emitió su veredicto e en el extenso juicio colectivo que involucra a clientes de planes de ahorro para vehículos 0 Km. contra ocho empresas automotrices.

La demanda estaba centrada en el significativo incremento de las cuotas mensuales debido al aumento del valor móvil de los vehículos impuesto por las automotrices y Martinelli falló a favor de los ahorradores domiciliados en Mendoza que contrataron planes de ahorro antes del 30 de septiembre de 2019, con vigencia hasta el 5 de febrero de 2020.

La sentencia establece que los contratos y los precios de las cuotas deberán ajustarse teniendo en cuenta la disminución del 14% del valor móvil de los vehículos desde el inicio de cada plan de ahorro hasta agosto de 2018, o hasta la fecha establecida para la primera cuota si esta fuera posterior. Además, se establece que cada mes se sumará el porcentaje correspondiente al Índice de Precios al Consumidor general publicado por el INDEC, hasta la finalización del plan de ahorro o del pago del total reliquidado.

La jueza Martinelli encontró que las automotrices «ocultaron información» relevante a sus clientes y calcularon las cuotas utilizando un precio base que no consideraba las bonificaciones recibidas de los fabricantes.

Además de condenar a las automotrices al pago de las costas judiciales, la jueza les ordenó recalcular cada uno de los planes incluidos en la demanda colectiva en un plazo de 20 días hábiles.

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